martes, 27 de julio de 2010

Ley de Ministerios

El otro día, en este post, estuve demasiado benévolo. Si bien es verdad que nadie va a ir preso por violar la Ley de Ministerios, uno debería esforzarse por cumplirla. Y si no se puede, cambiarla. El primer paso obviamente es conocerla. Y desmenuzarla.

Podemos empezar diciendo que en su artículo 18, la Ley 22.520 establece las funciones y atribuciones del MRECIC. Son 40 incisos, de los cuales el 1 y el 2 son comúnes a todos los Ministerios. Otros 4 incisos nos dan intervención en asuntos que son responsabilidad primaria de otros Ministerios, por los cual nos quedan 34 funciones primarias nuestras, que pueden ser divididos en "paquetes de funciones":

- El paquete transversal de atribuciones generales del Ministerio: Incisos 3 (reniones, congresos y conferencias internacionales); 4 (relaciones con cuerpo diplomático extranjero); 6 (misiones enviadas a la República); 16 (difusión de imagen de la Argentina); 23 (manejo de las representaciones en el exterior); 24 (ISEN); 32 (reconocimiento de Estados).

- Paquete DICOL/DIAJU: 5 (elaboración, registro e interpretación de tratados); 14 (asistencia judicial internacional); 15 (concesión de asilo); 26 (publicación del texto oficial de tratados).

- Paquete DIGAN: 9 (operaciones mantenimiento de la paz); 10 (desarme, seguridad y antiterrorismo); 11 (introducción y tránsito de fuerzas extranjeras); 12 (no proliferación).

- Paquete Consular: 7 (protección y asistencia de ciudadanos e intereses nacionales en el exterior); 25 (legalización de documentos).

- Paquete SEREE: 13 (límites y mapas); 18 (integración física); 36 (política antártica).

- Paquete SCREI: 17 (conducción de los procesos de integración); 19 (ejecución de la política comercial en el exterior); 20 (relaciones con organismos económicos y comerciales); 21 (ferias y exposiciones).

- Paquete Asuntos Globales (¿alguien se acuerda de la vieja SUGLO?): 22 (asistencia humanitaria); 29 (negociaciones ambientales y preservación del territorio); 30 (prevención y sanción de delitos internacionales); 31 (drogas); 33 (cascos blancos); 34 (derechos humanos).

- Paquete Culto: incisos 37 y 38

- Otros temas: 27 (cooperación internacional); 40 (dominio web .ar)

Entre los temas en los que intervenimos, se cuentan: 8 (declaración de guerra, atribución de Defensa); 28 (migraciones, MinInt), 39 (desarrollo de zonas de frontera, MinInt); 35 (laburo de portero en todo lo que tenga que ver con el afuera).

Algunas primeras conclusiones: ¡qué jugoso el paquete DIGAN! Ahora entiendo porque es la dirección estrella de SEREE. Mirando viejas versiones de la Ley de Ministerios, todo ese paquete no existía. ¿Es obra del huracán Kelly? Alguien que conozca del tema, que comparta la info...

Diplomacia paralela: yo dije que querría administrar un fideicomisito para agilizar el comercio con algunos de nuestros socios, pero me doy cuenta que el artículo 18 no me lo permite porque no se menciona la palabra "financiero". En realidad, el inciso 20 del artículo de atribuciones del Ministerio de Economía establece "Entender en las negociaciones internacionales de naturaleza monetaria y financiera". O sea, el MRECIC no toca temas financieros. O sea, los fideicomisos son un problema entre Boudou y De Vido, no nuestro. O sea, tiene razón el Canciller: no existe diplomacia paralela con Venezuela. Bueno, me quedo más tranquilo.

Escenas del capítulo de mañana: si la diplomacia paralela no existe en el caso de los fideicomisos porque el MRECIC no está autorizado por Ley a tratar temas financieros, ¿existe en algún otro campo? Vean esto, por ejemplo. Ese es un tema nuestro, nuestro y nada más que nuestro. Mañana lo sigo.

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